miércoles, 11 de marzo de 2015

Concluye con éxito reunión de la Coordinadora de Gdeim Izik con delegación extranjera


Durante dos días consecutivos, este pasado fin de semana correspondiente a los días 6 y 7 de marzo 2015, la Coordinadora de Gdeim Izik, en la ciudad ocupada de El Aaiún, capital del Sáhara Occidental, ocupado ilegalmente por Marruecos, llevó a cabo con éxito, una serie de reuniones con miembros de la Asociación Estudiantil Académica de Noruega, miembros de Amnistía internacional procedentes de Noruega y un representante de un partido político del mismo país, con quienes se abordaron temas sobre la situación de la población indefensa saharaui, haciendo hincapié en dos puntos fundamentales:
  • El sufrimiento del pueblo saharaui bajo la ocupación marroquí 
  • El expolio de los recursos naturales saharauis 

 Los miembros de la delegación noruega, se pudieron poner al corriente de casos de torturas a manos de la ocupación marroquí en las zonas ocupadas y de la situación general del padecimiento del pueblo saharaui bajo la opresión. 
La Coordinadora de Gdeim Izik, pidió especialmente a esta delegación, que se divulgue la situación del pueblo saharaui ante todas las organizaciones internacionales de derechos humanos, para que se ejerza presión y que en breve el pueblo saharaui obtenga sus legítimos derechos. 
Por otra parte se abordó la situación de los presos políticos saharauis, debatiendo el reclamo a la pronta libertad de los mismos. Así mismo, todos los miembros de la Coordinadora de Gdeim Izik como ONG sin fines políticos ni de lucro, reiteran su total apoyo al Frente Polisario, reconociéndolo como único y legítimo representante del pueblo saharaui.


Fuente: Coordinadora Gdeim Izik
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La responsabilidad del Consejo de Seguridad de la ONU en el caso del Sahara Occidental

por Hans Corell (ONU)
INTERNACIONAL JUDICIAL MONITOR
Análisis y comentarios del derecho internacional
“LA RESPONSABILIDAD DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU EN EL CASO DEL SAHARA OCCIDENTAL”
MapaA petición del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el 29 de enero de 2002 emití un dictamen jurídico al Consejo relativo al Sahara Occidental. Lo hice en mi condición de Asesor Jurídico de Naciones Unidas en aquel momento. El dictamen se refería a la legalidad, en el contexto del derecho internacional, de las acciones llevadas a cabo por las autoridades marroquíes consistentes en la licitación y firma de contratos con empresas extranjeras para la exploración de recursos minerales en el Sahara Occidental. Mi conclusión fue que, si se llevaban a cabo futuras actividades de exploración y explotación sin tener en cuenta los intereses y deseos del pueblo del Sahara Occidental, se estarían violando los principios del derecho internacional aplicable a las actividades de los recursos naturales en los Territorios No Autónomos.
Estos hechos tuvieron lugar hace trece años. Mientras tanto, he seguido desde lejos la evolución de los acontecimientos en el Sahara Occidental, particularmente el relativo a los Acuerdos de Pesca firmados por la Unión Europea y Marruecos en 2007 y los protocolos adicionales a dichos acuerdos. En mi opinión, esos Acuerdos no son conformes con el derecho internacional en lo que se refiere al Sahara Occidental.
A principios de diciembre de 2014, fui invitado a intervenir en un taller internacional sobre El Enfoque Europeo con respecto al Sahara Occidental, organizado por la Universidad de Bolonia en el marco de la Presidencia Italiana de la Unión Europea. Esto hizo que me interesase de nuevo por la situación en la región. En particular, me centré en la cuestión de saber si la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum en el Sahara Occidental (MINURSO), el Secretario General y su Enviado Personal, el Embajador Christopher Ross, habían logrado algún avance hacia la solución del problema del Sahara Occidental. En ese contexto, señalé el evidente conflicto existente entre la última resolución del Consejo de Seguridad sobre el Sáhara Occidental y la actitud reflejada en el discurso a la Nación pronunciado por el rey Mohamed VI de Marruecos el 6 de noviembre de 2014. Esto hizo que tomara conciencia de que la situación es verdaderamente grave.
En su resolución (S/RES/2152/2014 del 29 de abril de 2014), el Consejo de Seguridad “insta a las partes a continuar las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General sin condiciones previas y de buena fe… con el propósito de llegar a una solución política justa, definitiva, y mutuamente aceptable, que provea la autodeterminación del pueblo del Sahara Occidental (el subrayado es mío), en el marco de disposiciones acordes con los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, señalando el papel y las responsabilidades de las partes al respecto.”
El rey, en su discurso dijo que la Nación  “celebra con orgullo el treinta y nueve aniversario de la Marcha Verde” [Nota del Editor: La Marcha Verde fue una “estratégica y multitudinaria marcha en 1975, urdida por el gobierno marroquí para forzar al gobierno español a que entregara a Marruecos la disputada semiautónoma provincia española del Sahara”]. Ese hecho era presuntamente una violación del artículo 49 de la IV Convención de Ginebra, que prohíbe a las fuerzas de ocupación deportar o trasladar parte de su propia población civil a los territorios ocupados. Hay que destacar, en particular, el siguiente extracto del discurso:
“Decimos ‘NO’ al intento de modificar la naturaleza de este conflicto regional y presentarlo como un problema de descolonización. Marruecos está en su Sahara y nunca fue potencia ocupante ni potencia administradora. De hecho, Marruecos ejerce su soberanía sobre su propio territorio.”
Es evidente que este discurso es absolutamente incompatible con la resolución del Consejo de Seguridad. Está también en clara contradicción con el dictamen del Tribunal Internacional de Justicia de 1975 sobre el Sahara Occidental (Western Sahara, Advisory Opinion, I.C.J. Reports 1975, p. 12). En dicho dictamen el Tribunal no encontró ningún tipo de vínculo legal de naturaleza tal que pudiera afectar a la aplicación de la resolución 1514 (XV) sobre la descolonización del Sahara Occidental y, en particular, el principio de autodeterminación mediante la libre y genuina expresión de la voluntad del pueblo del territorio.
Esto pone en primer plano la cuestión de cómo el Consejo de Seguridad debe abordar ahora el problema del Sahara Occidental.
Respecto a los recursos naturales del Sahara Occidental, el Consejo de Seguridad no puede tolerar que la situación siga igual. Un serio problema, en este contexto, es que los Acuerdos de Pesca entre la Unión Europea y Marruecos no contienen ni una sola palabra -excepto el críptico “soberanía o jurisdicción” en el artículo 2 (a)- sobre el hecho de que la ‘jurisdicción’ de Marruecos en las aguas del Sahara Occidental está limitada por el derecho internacional de autodeterminación. Por el contrario, los Acuerdos y sus protocolos están repletos de referencias a “Zonas de pesca Marroquíes”.
Para ser legal, un acuerdo de esa naturaleza tendría que contener una referencia explícita a la zona de pesca frente a las costas del Sáhara Occidental, definida por las correspondientes coordenadas. El régimen de emisión de licencias de pesca para esa zona debería ser completamente diferente del régimen aplicable a las zonas de pesca marroquíes. Es más, los ingresos generados por las licencias en la zona del Sáhara Occidental no tendrían que ser entregados al Tesoro Público de Marruecos o similar, sino ingresados en una cuenta separada que pueda ser auditada de forma independiente por los representantes del pueblo saharaui, de modo que puedan comprobar que los ingresos se utilizan únicamente de acuerdo con las necesidades y los intereses de su pueblo.
Es en ese contexto como el Consejo de Seguridad debe examinar la legalidad de los Acuerdos de Pesca entre Marruecos y la Unión Europea. La vía adecuada para obtener una respuesta autorizada a esta cuestión es que el Consejo de Seguridad solicite un dictamen al respecto del Tribunal Internacional de Justicia, conforme al articulo 96 de la Carta de las Naciones Unidas. En el supuesto de que el Consejo de Seguridad no estuviera en condiciones de hacer esa petición, la Asamblea General podría tomar la iniciativa.
Lo que se ha dicho sobre los acuerdos de pesca también es aplicable  a los demás recursos naturales del Sahara Occidental, como los fosfatos, el petróleo, el gas u otros recursos, sean estos renovables o no. A este respecto, el Consejo de Seguridad debería adoptar una resolución en la que se establezcan, en términos claros, las condiciones para la exploración y explotación de los recursos naturales en el Sahara Occidental, acordes con las resoluciones de la Asamblea General aprobadas en el marco del “Cumplimiento de la Declaración sobre la concesión de la independencia de los países y pueblos coloniales” y otras resoluciones pertinentes en relación con las actividades económicas extranjeras u otros intereses que impidan la aplicación de dicha Declaración.
Los últimos acontecimientos relacionados con los recursos naturales son los contratos suscritos por las autoridades marroquíes y dos empresas, Kosmos y Glencore, para las prospección y explotación de petróleo en las costas de Cabo Bojador, en la zona marítima del Sahara Occidental. He podio ver en la web que las dos compañías sostienen que dichos acuerdos están en conformidad con el dictamen jurídico que emití en 2002. Lamentablemente, no es así. Ya la mera firma de un contrato en el que Marruecos se refiere al Sáhara Occidental como “las provincias del sur del Reino de Marruecos” está en desacuerdo con la Responsabilidad Social Corporativa y los principios proteger, respetar y remediar.
En su último informe relativo al Sahara Occidental, de fecha 10 de abril de 2014, el Secretario General señala que, dado que el Sahara Occidental está en la lista de Territorios No Autónomos desde 1963, “los esfuerzos de la Naciones Unidas -mediante el trabajo de mi Enviado Personal, mi Representante Especial y la MINURSO- seguirán siendo muy importantes hasta que se establezca el estatuto definitivo del territorio”. En caso de no producirse progreso alguno antes de abril de 2015, el Secretario General considera que habría llegado el momento de que los miembros del Consejo de Seguridad abordasen una revisión integral del marco establecido por el Consejo, en abril de 2007, para el proceso de negociación.
Por tanto, la pregunta es cómo debe abordar ahora el Consejo la cuestión primordial, concretamente cómo llevar a cabo la autodeterminación del pueblo saharaui. Este proceso se ha prolongado durante décadas, y es obvio que las actuales negociaciones se han convertido en una farsa que ha llegado a su fin. Por ello, el Consejo de Seguridad debería tratar esta cuestión como un asunto político. Al mismo tiempo, cualquier solución debe estar en conformidad con el derecho internacional. En este proceso, el Consejo debe considerar ahora opciones más radicales que las contempladas en el pasado, entre ellas los tres siguientes.
Una opción es transformar la MINURSO en una operación similar a la Administración Transitoria de las Naciones Unidas para Timor Este (UNTAET), que fue investida de amplios poderes para la administración de Timor Oriental y facultada para ejercer la autoridad legislativa y ejecutiva, incluida la administración de justicia.
Otra opción es pedir a España que retome su responsabilidad como potencia administradora del Sahara Occidental, responsabilidad a la que España renunció en febrero de 1976. En el artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas esa responsabilidad, que incluye el desarrollo de la autonomía, es considerada un “deber sagrado”. Pero puesto que España abandonó ese “deber sagrado”, esta opción, aunque es legal, puede no ser aconsejable. Un dilema adicional en este contexto es el hecho de que España, en la  actualidad, es miembro del Consejo de Seguridad.
El problema con estas dos opciones es que ambas requieren la organización de un referéndum en el cual el pueblo saharaui pueda ejercer su derecho a la autodeterminación. Lo cual significa que el proceso de identificación, que ha sido un  problema constante durante años, seguiría siendo una complicación importante.
Habida cuenta de que la cuestión del Sahara Occidental ha estado en la agenda de las Naciones Unidas durante cuatro décadas, la solución puede ser la opción tercera y más radical, concretamente que el Consejo de Seguridad reconozca al Sahara Occidental como un Estado soberano. Desde el punto de vista legal, esta también sería una opción aceptable. Y no privaría al pueblo del Sahara Occidental de buscar una solución diferente a su autodeterminación en el futuro, si así lo deseara.
No obstante, desde el punto de vista de la seguridad, esta opción conlleva varios problemas que conviene señalar. En primer lugar, requiere un gran esfuerzo para apoyar la creación de capacidades para el autogobierno. De lo contrario, la opción puede acabar en la creación de un Estado fallido, y los consiguientes peligros, especialmente a la vista de la situación de seguridad en algunos países vecinos de la región. Una solución a este problema podría ser que el Consejo hiciera efectiva su decisión con una antelación de unos cinco años y durante ese periodo dotara a la MINURSO con un mandato similar al otorgado a la UNTAET.
Al hacer estas sugerencias, quiero subrayar que las hago a título personal y con absoluta neutralidad ( ver cita más abajo). No tengo contacto con ninguna de las partes en conflicto. Como dije en una conferencia, en Pretoria, en 2008, sobre la legalidad de la exploración y explotación de los recursos naturales del Sahara Occidental, conferencia organizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Sudáfrica y la Universidad de Pretoria, no tengo más interés en este asunto que el respeto de la ley (the rule of law) y que los Estados Miembros de las Naciones Unidas respeten las normas que la propia Organización ha establecido. Estas sugestiones están basadas en mi experiencia como juez y como asesor jurídico en mi país (Suecia) durante muchos años y, más tarde, como Consejero Jurídico de la ONU durante diez años. Constituyen simplemente la expresión de mi respeto por la ley en el mejor sentido de mi entendimiento.
Quienes hoy sirven a las Naciones Unidas deberían tener presente el modelo seguido por el que fue Secretario General de las ONU, Dag Hammarksjöld. En su famoso discurso en Oxford, en 1961, en el que analizaba las obligaciones del funcionario internacional, hacía referencia a las pautas que los jueces deben seguir, y continuaba diciendo:
  • Si el funcionario público internacional sabe que está libre de tales influencias personales en sus actos y se guía exclusivamente por los objetivos y normas comunes establecidas por la Organización a la que sirve y por principios jurídicos reconocidos, entonces habrá cumplido con su deber y podrá hacer frente a las críticas que, aún así, serán inevitables. Y finalmente, como ya he dicho, se trata de una cuestión de integridad; y si la integridad -en el sentido de respeto por la ley y respecto a la verdad- lo llevara a una posición de conflicto con tal o cual interés, entonces ese conflicto será una señal de su neutralidad y no de su inobservancia de dicha neutralidad: entonces, estará en coherencia, y no en conflicto, con sus deberes como funcionario público internacional.
La razón por la que planteo la cuestión del Sáhara Occidental ahora es que se trata de una situación en la que el Consejo de Seguridad corre el riesgo de no llevar a término el cumplimiento de su mandato. En virtud de la Carta de la ONU, el Consejo tiene la obligación legal de actuar en situaciones como la actual. Esta obligación se deriva del artículo 24, en el que se encomienda al Consejo la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales.
En el pasado, ha habido deficiencias graves a este respecto, incluyendo los casos en que los miembros permanentes del Consejo incluso han violado la Carta de la ONU. El último ejemplo es Ucrania. Esta falta de respeto y de defensa del estado de derecho a nivel internacional simplemente tiene que llegar a su fin. Hay que apoyar la autoridad de Naciones Unidas y el Consejo debe estar en la vanguardia de esa defensa. Por tanto, es imperativo que el Consejo, en el tratamiento de la cuestión del Sáhara Occidental ahora, actúe con autoridad, determinación y, en consecuencia, de conformidad con la ley.
– El autor, Hans Corell, es ex-subsecretario general para Asuntos Legales y Consejero Jurídico de las Naciones Unidas.
*Fuente: Judicial Monitor
Original en inglés:
The Responsibility of the UN Security Council in the Case of Western Sahara
Published by the International Judicial Academy, Washington, D.C., with assistance from the American Society of International Law
A traves de: http://piensachile.com/
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lunes, 9 de marzo de 2015

Y después del Presidente Mohamed Abdelaziz... ¿quién?



Mohamed Embarek Omar
Los resultados del "decisivo" informe del Enviado Especial del Secretario General de NNUU, que se supone saldrá a la luz en el mes de abril; la fecha por definir del XIV Congreso General del Frente Polisario; y los rumores sobre la salud del presidente Abdelaziz; son la "comidilla" política del momento.
Algunos analistas saharauis empiezan a subir a las redes artículos que tratan de atisbar el inmediato futuro político. Entre ellos, Mohamed Embarek Omar Bal-la, acaba de publicar el que me parece es el primer artículo que analiza la sucesión, como si fuera inminente, de Mohamed Abdelaziz.
A continuación se reproducen (traducidos) unos fragmentos en los que se describen algunos rasgos de los potenciales candidatos a la presidencia de la RASD y SG del F. Polisario y las posibles salidas. No cita nombres, pero a los saharauis no nos resulta difícil identificarles.
 “El primer candidato tiene una personalidad volátil y desequilibrada y un comportamiento pueril. El segundo tiene enemigos importantes que le alejan de la silla presidencial, además un pasado turbio en materia de Derechos Humanos y libertades individuales y otros tantos abusos en su archivo de continuos deslices. El tercero no es del sexo de la casta gobernante, a la cual no le haría ninguna gracia verle en la parte superior de la pirámide. El cuarto simplemente no es convincente; y el quinto carece de argumentos. Se duda del patriotismo del sexto y el séptimo no es de raíces saharauis. El octavo no tiene credibilidad; y el noveno es el que está allí sin ver (“un cero a la izquierda”). El décimo está alejado de los circuitos de las tomas de decisión y así sucesivamente….”
 “Dado que la opinión general no se pone de acuerdo sobre el mejor candidato, y el necesario relevo del presidente llevará mucho mas tiempo de lo que pensamos, cuando ocurra sería un parto con una cesárea extremadamente complicada …..”
El autor propone iniciar el debate mediante dos propuestas para la elección del sustituto de Abdelaziz y “evitar así nuevos enfrentamientos tribales, creando una nueva era de convivencia cívica, en igualdad y bajo el imperio de la ley”.
Primero, un reparto del poder a la libanesa –donde, por ley, el Jefe del Estado tiene que ser cristiano maronita, el Presidente de Gobierno, un musulmán suní y el Presidente del Parlamento, un musulmán chií– A pesar de no ser un modelo perfecto, según dice, ha logrado mantener a la sociedad libanesa cohesionada y por tanto el Estado ha sobrevivido a las sucesivas guerras civiles. Este modelo sería extrapolable para quien quisiera contar con el tribalismo como medio para gobernar.
 El segundo modelo de sucesión sería el de Argentina, en el que de forma precipitada se hizo un traspaso de poder del General Perón, una vez fallecido, a su mujer, Isabel Perón, previa reforma constitucional. O el caso de Cristina Fernández de Kirchner que después de ganar las elecciones sucedió a su marido. Este segundo modelo, por más que le pese a muchos, es el que pudiera estarse gestando con el ascenso de la “primera dama” al cargo de Ministra. En ese sentido la decisión no hubiera sido baladí…. y tal vez esta sea la mejor opción, teniendo en cuanta el resto de los posibles candidatos.
Acaba el autor diciendo: “para vosotros queda una teórica  elección; pero ellos son los que deciden y designan”
¿Tendremos una mujer al frente del Polisario?
Lehdía Mohamed Dafa
Enlace al artículo (en árabe) publicado por "Futuro Saharaui" el 4/03/15
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domingo, 8 de marzo de 2015

Porque sin las mujeres, los derechos no son humanos.

Querida madre, amiga, hermana, luchadora. Querida mujer Saharaui…
Tú que de pequeña me enseñaste el valor del respeto, desde pequeña con tus cuidadosas y débiles manos me guiaste me hiciste mujer, mujer como tú. Tu que desde pequeña fuiste mi mejor escuela, allí donde no suspendía ni aprobaba allí era mujer en cuerpo de niña. Mi deber era copiarte, y no perder de vista cualquier movimiento que hicieras, así reflejarme en cada una de esas arrugas de mujer joven que de pronto ya era una anciana. Me guiabas por el buen camino, el camino de la resistencia y de vez en cuando hacías un parón y volvías a demostrar que con tu fuerza no puede ni el mayor de los vientos en la más inhóspita de las hamadas.
Eres la jaima, los cuatros rincones de una habitación de adobe, eres la elegancia en su estado puro, eres la melhfa clara y oscura que intentaba pasar desapercibida y con tus andares eras la más reconocida entre cientos y cientos de mujeres. Eres la bata blanca en un dispensario donde escaseaba la medicina y con tu dulce voz y tu segura mirada me curabas de cualquier mal que podía padecer.
Eres mi alfombra donde no había camas había una manta que tú misma te levantabas a altas horas de la noche para asegurarte de que estaba bien tapada. Eres el corral que hospitaba gratuitamente a quien te visitara, ofreciendo una sonrisa y un “adelante, estas en tu casa” que nunca fallaba, eres la solidaridad en bruto. Eres maestra, ministra, parlamentaria, médico, autónoma, eres la sencillez de donde de la nada hace un mundo.
Eres la representante del barrio, la voz que llamaba a cualquier acontecimientos y todas nosotras acudíamos, eres la música la melodía que bailan los cuatro colores de mi bandera. Eres blanco esperanza, verde libertad, negro resistencia y el rojo y el rojo que eres, rojo de amor. Amor a tus hijos, a tu marido a tú patria querida. Eres la mejor embajadora, la que con tú modelo me hiciste creer en la esperanza. Tú lema de “sigue y vencerás” se hace cada vez más resistente. Donde la libertad es tú objetivo y lo das todo porque crees que no pierdes nada, no eres conformista y así soy yo. Tú que perdiste tus padres, hermanos e incluso hijos y no pierdes la fe. Eres mi maestra, eres mujer saharaui.
Porque sin las mujeres, los derechos no son humanos.
Benda Lehbib Lebsir.
Imagen: Carlos Cristobal.
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