
El juez de instrucción y en presencia de la defensa, procedió a interrogar el preso político saharaui acerca de acusaciones de carácter penal y de delito menor, determinadas en:
· La formación de una banda criminal con el objeto de cometer delitos contra personas y robo de dinero.
· Incendiar un vehículo.
· Poner barricadas en la vía pública de una forma que impide la libre circulación.
· Dañar cosas destinadas al beneficio público.
· Insultar a funcionarios públicos durante el ejercicio de sus funciones a través del uso de la violencia en su contra.
· Participación en una turba armada.
· La incitación a la violencia.
· La posesión de armas en condiciones que podrían perjudicar la seguridad de personas y bienes.
De acuerdo con los capítulos 293, 294, 580, 585, 591, 595, 263, 267, 303 y 303 visto del Código Penal de Marruecos y los capítulos 17, 18, 19 y 20 del Dahir del 15/11/1958.
Cabe señalar que un grupo de miembros de la policía judicial marroquí ya había detenido al joven saharaui “Mohammed Baber” el día 11 de mayo de 2014 en una casa ubicada en el barrio Adwairat en El Aaiún/Sahara Occidental, tras su participación en manifestaciones pacíficas que reclamaban la autodeterminación por lo cual fue varias veces víctima de tortura y acoso.
El buró ejecutivo del Colectivo de Saharauis Defensores de Derechos Humanos
CODESA
El Aaiún/Sahara Occidental, el 26 de mayo de 2014
Fuente: http://www.codesaso.com/
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