miércoles, 11 de noviembre de 2015

Marruecos/Sáhara Occidental: Es necesario liberar o volver a juzgar a los 21 saharauis encarcelados hace 5 años



Grupos de derechos humanos hacen un llamamiento conjunto en el quinto aniversario de los enfrentamientos en Gdeim Izik
Fuerzas marroquíes desmantelan un campamento de miles de viviendas de saharauis cerca de El Aaiún, Sáhara Occidental, el 8 de noviembre 2010. © AP / Maghreb Arabe Presse / HO.
Las autoridades marroquíes deben poner en libertad a los 21 presos que cumplen largas penas de prisión derivadas de las protestas de 2010 en el Sáhara Occidental, que dejaron varios muertos, o concederles un juicio justo ante un tribunal civil, así como investigar todas las denuncias de tortura, señalaron hoy cuatro organizaciones de derechos humanos.
El 8 de noviembre de 2010, las fuerzas de seguridad marroquíes desmantelaron el campamento de protesta que los saharauis erigieron un mes antes en Gdeim Izik, en el Sáhara Occidental, bajo control marroquí. Once miembros de las fuerzas de seguridad y dos civiles murieron durante los disturbios en el campamento y en la ciudad vecina El Aaiún, la más grande del Sáhara Occidental. El 17 de febrero de 2013, un tribunal militar condenó en juicios gravemente injustos a 25 hombres, entre ellos activistas de derechos humanos, por su presunta participación en la violencia letal.
“Las desconsoladas familias de las víctimas que perdieron la vida en noviembre de 2010 tienen derecho a que se haga justicia”, dijo Sarah Leah Whitson, directora de Oriente Medio y Norte de África para Human Rights Watch. “Sin embargo, la justicia no se consigue encerrando a un grupo de saharauis después de un veredicto de culpabilidad por un tribunal militar, basado en confesiones presuntamente obtenidas bajo coacción o tortura, sin ninguna otra evidencia que los vincule a esos homicidios”.
Las organizaciones firmantes de este comunicado son Human Rights Watch, Amnistía Internacional, Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura y la Asociación Saharaui de Víctimas de Violaciones Graves de los Derechos Humanos.
Dos de los 25 hombres fueron condenados a tiempo cumplido y puestos en libertad, un tercero fue condenado en ausencia y un cuarto fue puesto en libertad provisional por motivos de salud. Los 21 restantes siguen cumpliendo penas de cárcel de entre 20 años y cadena perpetua. Para llegar a su veredicto, el tribunal se basó casi exclusivamente en las declaraciones de los acusados, sin investigar las alegaciones de los demandados de que la policía los había torturado para que firmaran declaraciones falsas.
Si las autoridades vuelven a juzgar a los acusados, deberían respetar la regla bajo el derecho internacional de los derechos humanos según la que existe la presunción de libertad antes del juicio, a menos que un juez determine que existen motivos válidos para detenerlos, aseguraron las organizaciones. Si se determina que han sido víctimas de un error judicial, el Estado debería indemnizarlos, en función del artículo 14, párrafo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que Marruecos ratificó en 1979. La Constitución de Marruecos, en el artículo 122, da derecho a que una víctima de un “error judicial” reciba una indemnización por parte del Estado.
Los 21 acusados se encuentran en la prisión de Salé, a 1.200 kilómetros de sus familias, en el Sáhara Occidental. Entre ellos figuran Naâma Asfari, Ahmed Sbaï y Mohamed Tahlil, miembros de organizaciones de derechos humanos del Sáhara Occidental críticas con el control que el gobierno marroquí mantiene sobre el territorio en disputa.
En octubre de 2010, varios miles de saharauis levantaron un campamento en Gdeim Izik para generar presión a favor de una serie de demandas sociales y económicas. Las autoridades marroquíes entablaron conversaciones con los líderes de la manifestación, pero en un momento determinado decidieron obligar a los manifestantes a abandonar el campamento. La mañana del 8 de noviembre, las fuerzas de seguridad irrumpieron para desmantelar el asentamiento, desencadenando violentos enfrentamientos que llegaron a la ciudad vecina de El Aaiún.
Las autoridades arrestaron a cientos de saharauis pero finalmente dejaron a todos en libertad menos a 22, cuyos casos refirieron a los tribunales militares. A la mayoría los acusaron de formar una “banda criminal” y de participar o actuar como cómplices en la violencia contra las fuerzas de seguridad, que se tradujo en “muerte con intención”. Dos de ellos también fueron acusados de profanar un cadáver.
En los meses anteriores al juicio, las autoridades arrestaron a otros dos en relación al mismo caso, aunque a uno de ellos lo liberaron provisionalmente por motivos de salud y al otro lo juzgaron en ausencia.
Documentos judiciales indican que la mayoría de los acusados presuntamente denunciaron al inicio del proceso judicial que la policía los había torturado y coaccionado para que firmaran declaraciones falsas. Varios alegaron ante el juez de instrucción que la policía ni siquiera les permitió que leyeran sus propias declaraciones antes de firmarlas, y que no descubrieron lo que contenían hasta más tarde.
Cuando finalmente comenzó el juicio, 27 meses después de los hechos, todos los acusados negaron los cargos. Muchos reiteraron que habían sido torturados y obligados a firmar sus declaraciones en las que se incriminaban falsamente a sí mismos. A pesar de que el juez mantuvo el juicio abierto al público incluyendo a los observadores encomendados por varias de las organizaciones que emiten esta declaración y, en general, permitió que los acusados hablaran, no ordenó ninguna investigación sobre las denuncias de malos tratos y las declaraciones falsificadas de los demandados, y acabó aceptando dichas declaraciones como prueba suficiente para emitir sus veredictos de culpabilidad.
La fiscalía no presentó testigos ni pruebas materiales que vincularan de manera convincente a los acusados a las muertes. La acusación mostró a la corte las armas que la policía supuestamente incautó en el campamento, pero no hay evidencias que las ligaran a los acusados a excepción de sus “confesiones”. El tribunal rechazó las peticiones de la defensa para llevar a cabo pruebas de ADN con las armas para ver si eso las relacionaba con los acusados.
El tribunal también rechazó las solicitudes de la defensa para citar a declarar a los agentes de la policía que grabaron las “confesiones” de los acusados. Ningún informe de autopsia fue presentado en el juicio para dilucidar cómo y cuándo habían muerto cada uno de los agentes de las fuerzas de seguridad.
Juzgar a civiles en tribunales militares viola las normas internacionales de derechos humanos, dijeron las organizaciones. Por otra parte, la legislación marroquí niega a los acusados en juicios militares un proceso de apelación completo, como el que tendrían en un tribunal civil. Los acusados en juicios militares sólo pueden apelar ante la Corte de Casación, que revisa los errores de procedimiento, jurisdicción, abuso de poder y aplicación de la ley.
El Tribunal de Casación recibió la petición de los acusados de Gdeim Izik en marzo de 2013, pero no se ha pronunciado al respecto.
Una ley que entró en vigor en julio revisó la ley de justicia militar de Marruecos para eliminar a los acusados civiles de la jurisdicción de los tribunales militares. La nueva ley no hace referencia a la situación judicial de los civiles que fueron encarcelados por tribunales militares antes de su entrada en vigor.
La Constitución de Marruecos de 2011 garantiza el derecho a un juicio justo en los artículos 23 y 120. Según el artículo 109, “un juez que falla de alguna manera a la hora de cumplir la obligación de independencia e imparcialidad es culpable de una falta profesional grave y estará sujeto a consecuencias judiciales”. La constitución (artículo 22) también prohíbe en todas las circunstancias los actos de tortura o actos “crueles, inhumanos, degradantes o que dañan la dignidad”.
La Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificada por Marruecos en 1993, exige a las partes estatales como Marruecos abolir y prevenir que la tortura u otras formas de malos tratos socaven el derecho a un juicio justo. También concede a las personas sometidas a tortura el derecho a presentar una queja ante las autoridades y a que la denuncia sea pronta e imparcialmente examinada por las autoridades competentes (artículo 13).
Además, exige a los países asegurarse de que cualquier declaración “hecha como resultado de la tortura no pueda ser 
invocada como prueba en ningún procedimiento, salvo en contra de una persona acusada de tortura como prueba de que se ha formulado la declaración” (artículo 15). Bajo la Convención contra la Tortura, las autoridades también tienen la obligación de investigar cualquier denuncia de tortura,  incluso sin una queja formal.

Marruecos modificó su código penal para definir y tipificar como delito la tortura (artículos 224 a 232) y su código de procedimiento penal para excluir como prueba las confesiones obtenidas a través de la “violencia” o “coacción” (artículo 293). En la práctica, los tribunales casi nunca investigan las denuncias de que los interrogadores utilizaron la tortura o la coacción para obtener confesiones, antes de admitirlas como prueba en los juicios, donde se convierten en la base principal para una condena.
En 2012, el relator especial de la ONU sobre la tortura instó a Marruecos a “seguir desarrollando la capacidad forense de la fiscalía y el poder judicial, e implementar el derecho a presentar una queja y asegurarse de que los acusados que aparecen por primera vez delante de ellos tengan una oportunidad justa de presentar denuncias de tortura o malos tratos a los que puedan haber sido sometidos por la policía o los servicios de inteligencia”.
“Marruecos dio el paso positivo este año de poner fin a los juicios militares para los civiles”, dijo Said Boumedouha, subdirector de Oriente Medio y Norte de África para Amnistía Internacional. “Ahora tiene que hacer justicia para estos prisioneros a largo plazo injustamente condenados en un tribunal militar poco antes de que entrara en vigor la nueva ley”
Más información
Gabinete de prensa de la Sección Española de Amnistía Internacional, Telf., 91 310 12 77
Centro de Documentación de AI: doc.es.amnesty.org

Fuente: https://www.es.amnesty.org

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